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El estado Colombiano comprometido con la educacion y la proteccion infantil, ha establecido obligaciones legales segun
las cuales toda entidad prestadora de servicios de internet debe prevenir y combatir la explotacion sexual de los menores de edad, impidiendo el uso indebido
de las redes globales de informacion mediante el bloqueo de paginas web y vinculos telematicos de cualquier clase donde se ofrezcan contenidos
con material pornografico o de actividades sexuales que involucren menores de edad.
El incumplimiento de estas obligaciones puede generar sanciones penales y administrativas para los infractores. Para mayor información conozca la ley 679 de 2001 |
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